Contraloría declara ilegal el instructivo de retorno de funcionarios públicos
La Contraloría General de la República -mediante un dictamen- declaró como ilegal el instructivo emanado desde el Servicio Civil, que depende del Ministerio de Hacienda, sobre el retorno de funcionarios públicos en medio de la pandemia por el COVID-19.
Cabe precisar que el texto fue emitido en abril cuando el Gobierno hablaba de “retorno seguro” a las actividades por parte de los funcionarios públicos.
En tanto, ante una solicitud de la Asociación de Funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, la CUT y otras organizaciones, la Contraloría decretó que el instructivo emanado por el Servicio Civil era ilegal.
De acuerdo a información consignada por La Tercera, en el dictamen 9.762 del 2020 se lee que “es del caso declarar que el Oficio N° 429, de 2020, resulto improcedente, ya que no se advierte que la Dirección Nacional del Servicio Civil posea las atribuciones, para emitir instrucciones en las temáticas que aborda, siendo necesario reiterar, acorde con lo manifestado en los dictámenes No° 3.610 y 8.506, ambos de 2020, que es el jefe superior del respectivo servicio quien posee las facultades de dirección, administración y organización, por lo que corresponde a esa superioridad, en la actual situación de emergencia, adoptar, mantener, graduar o cesar las medidas extraordinarias de gestión de personal necesarias, considerando la obligación de proteger la salud de sus funcionarios y la población usuaria, sin desatender la continuidad del servicio, observando siempre las directrices que fije la autoridad sanitaria”.
Asimismo, el ente contralor sostiene en su dictamen que la Ley 19.882 establece que le corresponderá al Servicio Civil “realizar las tareas que el Ministro de Hacienda le encomiende en el ámbito del personal del sector público”, y que “estas labores deben necesariamente encontrarse relacionadas con la esfera de sus competencias establecidas por el legislador, que en síntesis se relacionan con la implementación de políticas de gestión y desarrollo de personas y altos directivos y no con la materia objeto del referido instructivo el cual básicamente se refiere a un plan de retorno gradual de los funcionarios públicos”.