COVID-19: Chahuán exige a Isapres activar automáticamente el seguro catastrófico

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Ante la Comisión de Salud del Senado, el senador Francisco Chahuán (RN) exigió a la Asociación de Asociación de Isapres que establezca un sistema de activación automática del Seguro Catastrófico para las personas que sean diagnosticadas por COVID-19 o cuarentenas establecidas por la autoridad.

La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC) es un seguro adicional al plan de salud que otorgan algunas Isapres y que puede llegar a financiar hasta la totalidad de los gastos que producen las atenciones de alto costos -ya sea hospitalarias como algunas ambulatorias- por diagnósticos que pueden convertirse en enfermedades catastróficas como lo es, por ejemplo, el COVID-19

Chahuán señaló que “las Isapres no pueden por la vía administrativa pretender saltarse el aseguramiento de salud que es el motivo de su existencia, por lo tanto hacemos el llamado para establecer condiciones distintas con respecto a la activación del seguro catastróficos de salud, como también que se puedan incorporar otras prestaciones como los test rápidos que van a ser claves en la próxima etapa de la Pandemia”.

“Por tanto, el emplazamiento es claro y categórico a las Asociación de Isapres, no puede ser que por motivos de caracteres puramente administrativos los afiliados terminan de nuevo pagando el pato”, agregó.

Cabe mencionar que para activar el seguro, la persona o su representante debe verificar primero que su contrato lo incluya. Si este es el caso, debe concurrir a la Isapre y solicitar la activación de la CAEC en un plazo de 48 horas de manera presencial -o mediante un representante- tras el diagnóstico de la enfermedad. Esta cobertura opera una vez que el monto de los copagos supere el deducible.

Si la persona ya está internada en un prestador de la Red CAEC, el aviso se debe dar dentro de las primeras 48 horas contadas desde el ingreso a dicho centro asistencial.

Si el prestador de la red no puede otorgar las prestaciones por insuficiencia física o técnica, la Isapre debe derivar al beneficiario a otro prestador de la misma.

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