Mantienen prisión preventiva de John Cobin por homicidio frustrado en Reñaca

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar rechazó la solicitud de la defensa, y mantuvo en prisión preventiva a John Macarewich Cobin, acusado por el Ministerio Público como autor de dos delitos frustrados de homicidio, disparar injustificadamente en la vía pública y ejercer actos de violencia destinados a alterar la tranquilidad, ilícitos perpetrados en noviembre del año pasado.

Además ofició a Gendarmería para la revisión del estado de salud del encausado.

En audiencia de revisión de cautelares y de cautela de garantías, el tribunal –integrado por los magistrados Roxana Valenzuela Reyes (presidenta), Claudio Correa Zacarías y Juan Carlos Maggiolo Caro (redactor)– rechazó modificar la medida cautelar, tras establecer que no han variado las condiciones que se tuvieron en consideración al considera que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“El tribunal estimando que las condiciones que se tuvieron a la vista en el momento en que se dispuso la medida cautelar de prisión preventiva, esto es, peligro para la seguridad de la sociedad, resolución que fue confirmada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, que dichos motivos no han sido modificados hasta la fecha y que efectivamente aún persisten; atendido además a la causa por la cual está sometido a proceso el acusado y la sanción penal probable, rechaza la solicitud de la defensa de modificar la medida cautelar”, consigna la resolución.

Asimismo, el tribunal al resolver la cautela de garantías planteada, ordenó oficiar a Gendarmería para que un médico de la institución penal examine a Cobin y precise si las molestias oculares que ha informado, requieren de tratamiento oftalmológico o que sea revisado por un especialista.

“El tribunal, atendido a lo expresado en el oficio del alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso en el sentido en que el médico de dicha institución habría constatado según los dichos del acusado, que presenta un malestar en sus ojos y no habiendo una mayor precisión en cuanto al diagnóstico, ordena oficiar a Gendarmería para efectos de que sea revisado por un médico de la institución y que éste determine si requiere el tratamiento oftalmológico más precisos para efectos de esta dolencia y en caso de que sea requerido pueda ser visto por un profesional de la especialidad ya aludida, tanto particular, en algún centro público o vaya al mismo centro penitenciario a constatar la dolencia”, añade.

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