Inició debate sobre retención del 10% por deuda en pensión de alimentos
La comisión de Constitución inició la tramitación del proyecto que modifica la ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia, para incorporar disposiciones transitorias sobre la retención judicial de fondos previsionales y suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro del 10%, en razón de deudas por obligaciones alimentarias.
La iniciativa, que fue presentada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengados. Recibida la solicitud, el tribunal deberá resolverla de plano, dentro del plazo de 24 horas.
De esta forma, en cualquier etapa del procedimiento el juez podrá decretar de oficio la medida cautelar de retención de los fondos que, el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retirar o pueda solicitar retirar, teniendo en cuenta la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora que implica la tramitación.
La medida tendrá efecto desde la notificación de la resolución a la AFP respectiva, y antes de notificarse a la persona contra quien se dicte. Para estos efectos, cuando el tribunal decrete la medida cautelar de retención, dictará resolución ordenando que sea notificada a la AFP respectiva en el más breve plazo y por medios electrónicos, y que la notificación a la persona contra quien se dicte la medida sea practicada inmediatamente después de la notificación a la AFP.
Ante el desconocimiento o duda que presente la AFP del demandado, se ordenará notificar a todas las AFP. De esta manera, la entidad deberá comunicar por medios electrónicos o carta certificada al domicilio informado por el afiliado.
La retención tendrá vigencia durante todo el tiempo en que se mantengan las causas, sin necesidad de renovación.
En la sesión participaron, la ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich y la presidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, Soledad Piñeiro, quienes expresaron una serie de observaciones de orden formal y técnico para llevar a la práctica la normativa, entre estas, el plazo de 24 horas que se que se establece para que el tribunal resuelva de plano la solicitud, el que fue considerado “poco realista” de parte de la jueza Piñeiro.
Asimismo, se puntualizó la excesiva carga laboral del sistema judicial lo que impediría desarrollar una labor rápida y eficiente para lo fines de esta propuesta legal.
La comisión acordó que el Ejecutivo y el Poder Judicial avancen durante esta jornada en subsanar dichas limitaciones, al tiempo que los parlamentarios preparen indicaciones para continuar el debate del texto legal en la sesión de este martes 4 de agosto, ante la urgencia de la tramitación.