FNE pide sanciones para empresas de aviones de combate de incendios por colusión

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La Fiscalía Nacional Económica (FNE) sostuvo ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que las empresas Faasa Chile Servicios Aéreos Limitada (Faasa) y Martínez Ridao Chile Limitada (Martínez Ridao) mantuvieron entre los años 2009 y 2015 un único acuerdo anticompetitivo para impedir, restringir o entorpecer la competencia en el mercado de combate y extinción de incendios forestales mediante aviones cisterna en el territorio nacional.

Durante la audiencia pública convocada por el Tribunal, el Jefe de la División Litigios de la Fiscalía, Víctor Santelices, precisó que, de acuerdo al requerimiento formulado en julio del 2018 por la FNE, las requeridas determinaron condiciones de comercialización, precios y su participación en procesos de contratación públicos y privados con el objeto de coordinar la asignación de contratos en el período referido.

Santelices agregó que fue acreditado en el proceso que estas firmas mantuvieron durante ese período un único acuerdo anticompetitivo, que les permitió actuar coordinadamente en el mercado chileno, y detalló los contactos sostenidos entre representantes de las compañías en épocas previas al cierre de contratos, en los cuales se aprecia cómo abordaban conjuntamente su operación de cara a los demandantes de sus servicios en Chile, entre ellos la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y las forestales Celco y Mininco.

El representante de la FNE destacó también que también hay suficiente evidencia de la aptitud del acuerdo para restringir la competencia y del poder de mercado de las empresas requeridas, las cuales durante el período investigado concentraron casi la totalidad de los contratos de extinción de incendios forestales mediante aviones cisterna en el país sin que exista una competidor capaz de disciplinarlas.

En el requerimiento, la FNE pidió al Tribunal que aplique a Faasa una multa de 3.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a aproximadamente US$ 2,4 millones; y de 4.000 UTA, unos US$ 3,2 millones, a Martínez Ridao.

Santelices manifestó ante el TDLC que estos montos se justifican plenamente debido a la gravedad de la conducta, la sensibilidad del mercado afectado, el extenso tiempo que duró el acuerdo (7 años) y el efecto disuasorio que deben tener las sanciones, especialmente al tratarse de casos de colusión.

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