Berger destacó proyecto que mejora habitabilidad en embarcaciones artesanales

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Berger destacó proyecto que mejora habitabilidad en embarcaciones artesanales

Perfeccionar la normativa relativa a espacios de habitabilidad de embarcaciones pesqueras artesanales y prestadoras de servicios de acuicultura, ampliando la protección a estas últimas, es el objetivo del proyecto aprobado por la Sala, en general y en particular, y enviado a trámite al Senado.

El texto, dado a conocer por medio del informe de la Comisión de Pesca, rendido por el diputado Bernardo Berger (RN), modifica la Ley General de Pesca redefiniendo algunos conceptos allí descritos, en particular, lo referente a las naves menores y sus respectivas características de habitabilidad.

Al respecto, Berger explicó que “el proyecto que estamos discutiendo lo que hace, en definitiva, es modificar la ley General de Pesca para mejorar las condiciones en que habitan los tripulantes cuando salen a faenas, incorporando para ello a las naves menores dentro de la normativa vigente, y clarificando una serie de parámetros para que contar con más espacios tales como camarotes, baños o zona de descanso, no afecte la calificación del embarcación a la hora de considerar el metraje o volumen total de arqueo bruto, cómo se denomina en este rubro”.

La propuesta establece que se excluirán del volumen total de arqueo bruto, los espacios destinados única y exclusivamente a la habitabilidad y bienestar de la dotación, tales como cocina, comedor, camarotes, baños o zonas de descanso de la tripulación, ya sea que estén bajo o sobre cubierta, y que no excedan en total los 50 m³.

Este descuento es exclusivo para las embarcaciones menores que prestan servicios a la acuicultura, por lo que si alguna embarcación deja de desarrollar dicha actividad, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante deberá determinar su nuevo arqueo.

El proyecto también señala que las condiciones de seguridad, equipamiento y habitabilidad en las embarcaciones pesqueras artesanales y embarcaciones menores prestadoras de servicios la acuicultura, son aquellas como ubicación, tamaño, materiales, condiciones de higiene, ventilación, calefacción, iluminación, mitigación de ruidos y vibraciones, aplicables a las zonas de alojamiento.

“El Ejecutivo también ingresó una indicación que modifica la ley de navegación para precisar que se entenderán por naves mayores aquellas cuyo arqueo bruto es de 100 o más metros cúbicos, y por naves menores todas las que tengan un arqueo menor a 100, lo que permite duplicar así el límite actual que está en los 50 m³, agregó Berger.

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