A mixta proyecto que busca implementar el proceso de descentralización

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A mixta proyecto que busca implementar el proceso de descentralización

Resolver situaciones críticas detectadas para lograr la transferencia gradual de competencias desde la administración central del Estado a los gobiernos regionales es el objetivo del proyecto analizado hoy por la Sala de la Cámara y despachado a comisión mixta, tras el rechazo del conjunto de sus normas.

De acuerdo al informe de la Comisión de Gobierno Interior, rendido por el diputado Celso Morales (UDI), la normativa introduce regulaciones para implementar adecuadamente el proceso de descentralización del país.

En lo medular, modifica la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. En este marco, precisa atribuciones y procedimientos de las nuevas autoridades, junto con determinar nuevas funciones de control y resolución de contiendas de competencias.

Quienes intervinieron en el debate remarcaron la necesidad de ahondar en el proceso de descentralización. Sin embargo, hubo amplias posturas respecto de la propuesta legal, abordada hoy en segundo trámite.

Para algunos, el texto cumplía con resolver las actuales dificultades y entregaba herramientas para superar las futuras contiendas. En el otro extremo, se estimó que no llenaba las expectativas y se cuestionó su verdadero aporte.

En el centro de las posturas se consideró positivo avanzar en el esclarecimiento de algunas normas. Al mismo tiempo, se criticó la forma en que se abordó el tema del silencio administrativo. Respecto de ello, llamaron a rechazar la norma y esperar a llegar a una comisión mixta para resolver el punto. Además, reclamaron que no se resuelva el tema del financiamiento autónomo regional.

Al momento de las votaciones, la Sala rechazó la idea de legislar por 69 votos a favor, 71 en contra y dos abstenciones. Por efecto de ello, el texto en su conjunto deberá ser analizado en una comisión mixta para resolver las diferencias con el Senado.

Normas de la propuesta

La iniciativa aclaraba qué se entenderá por competencia para efectos de esta ley. Además, precisaba atribuciones del delegado presidencial, del gobernador regional y otras instancias afines.

Asimismo, se efectuaban ajustes a las normas relacionadas a las comisiones de servicio y el financiamiento de dichas acciones. Al mismo tiempo, se avanzaba en un procedimiento de evaluación una vez transferidas temporalmente una o más competencias por parte de un ministerio o servicio público o luego de trascurridos tres años para el caso en que la o las competencias hayan sido transferidas de forma definitiva.

Además, se agregaba una nueva atribución para el contralor general de la República: resolver las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas y administrativas nacionales, regionales, provinciales y comunales. Esto debía realizarse previo informe del contralor regional de la región en la que se origina la contienda. Adicionalmente, se determinaban los procedimientos y plazos a seguir.

Por último, entre las disposiciones estaba el mencionado tema del silencio administrativo. Sobre el punto se indicaba que si no había pronunciamiento del Ejecutivo respecto de una competencia solicitada o no existiendo constancia de comunicación alguna con el gobierno regional en dicho sentido, en el plazo de seis meses se entenderá por rechazada. Para ello, la autoridad central deberá explicar sus razones mediante un decreto fundado firmado por los Ministerios del Interior, de Hacienda y Segpres.

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