Navarro presentó apelación a la Suprema para anular Plan Regulador de Concepción
“Será finalmente en el máximo tribunal en Chile, donde se decidirá si se aprueba un Plan Regulador para la Provincia de Concepción, sin Consulta Indígena, o si se debe rehacer respetando el Convenio 169 de la OIT”, manifestó el senador Alejandro Navarro tras ingresar una apelación a la Corte Suprema.
El parlamentario, quien presentó un Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción junto a las Asociaciones Indígenas Aukinko Wallmapu y Talcahueñu Ñi Foli, el que fue rechazado, manifestó que, “vamos a luchar hasta el final. Y la Corte Suprema ha acogido nuestra apelación para dejar sin efecto un Plan Regulador Metropolitano que solo beneficia a las forestales e inmobiliarias”.
“Lo dijimos”, recordó, “en las comunas incluidas dentro del plan, esto es, Concepción, Coronel, Chiguayante, Hualpén, Hualqui, Lota, Penco, San Pedro de la Paz, Santa Juana, Talcahuano y Tomé, viven más de 90 mil personas pertenecientes a los pueblos originarios, representando el 15% de los hogares del Gran Concepción”.
“Sin embargo, el Convenio 169 de la OIT establece que se debe garantizar que los habitantes pertenecientes a los pueblos originarios de las 11 comunas sean consultados en consonancia con la obligación que recae en el Estado, de promover de buena fe, su consulta previa y la participación”, explicó Navarro.
De acuerdo al presidente de la Comisión de DD.HH, “los argumentos que defienden el PRMC señalan que sus modificaciones no afectan directa o indirectamente a las comunidades, enarbolando el argumento falaz de que en la intercomuna no se registra existencia de Comunidades Indígenas, por lo cual no hay afectación”.
“Pero esto es absolutamente falso, ya que son diversas las comunidades tales como Lafkén Palife de San Pedro de la Paz, Aukinko Wallmapu de Concepción, Nehuen Tuín Pu Peñi y Waj Mapu de Hualpén, o Koñintu Lakfen Mapu de Penco, entre muchas otras”, las que existen en la Provincia de Concepción y que debieron ser consultadas”, afirmó.
“Vale señalar”, dijo, “que el 2011 la Corte Suprema dictaminó que la Actualización del Plan Regulador San Pedro de Atacama debía someterse a un Estudio de Impacto Ambiental, cuyo procedimiento de participación ciudadana previsto en los artículos 26 a 31 de la Ley N° 19.300 se rija por el Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales”.
“Por ello esperamos que en el caso del Plan Regulador Metropolitano de Concepción, se utilice la jurisprudencia y por tanto se rehaga bajo la Consulta Indígena y con verdadera participación ciudadana, lo que significará sin duda un nuevo proyecto, pues es claro que el que hoy existe es una amenaza a la ciudad, al medioambiente y a las personas, por lo que parafraseando a Manuel Rodríguez, le recordamos a todos los penquistas que ¡aun tenemos patria!”, cerró Alejandro Navarro.