Nuevo sistema de adopción en Chile tuvo respaldo unánime en el Senado

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Nuevo sistema de adopción en Chile tuvo respaldo unánime en el Senado

Un importante paso dio en el Senado el proyecto, en segundo trámite, que plantea una reforma integral al sistema de adopción en Chile y que entre otros temas propone agilizar los procesos a través de mecanismos más eficientes y plazos más acotados. Ello, luego que la Sala aprobara por unanimidad la idea de legislar sobre la iniciativa y fijara como plazo para presentar indicaciones el 1 de abril.

Ahora corresponde que la iniciativa sea analizada en particular por la Comisión de Constitución, la que recibirá diversas indicaciones según anticiparon algunos senadores durante la votación en Sala.

Fue el senador Pedro Araya, presidente de la citada instancia legislativa, quien explicó los principales cambios que introduce el proyecto, como las modificaciones a los programas de adopción, los procedimientos de adoptabilidad, de adopción nacional e internacional entre otros.

En el mismo sentido se manifestó el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, quien valoró que la iniciativa haya sido aprobada en general y destacó su importancia para hacer más expeditos los procedimientos de adopción a través de una serie de medidas como cambios a las causas de adoptabilidad y el establecimiento de un curador ad litem para representar al niño o niña en todo momento.

Durante la discusión y votación del proyecto hubo coincidencia por parte de los senadores de la importancia de modernizar el sistema, aunque algunos de ellos anticiparon que durante el debate en particular presentarán indicaciones, sobre todo en lo relativo a los cambios en el orden de prelación.

En lo fundamental, el proyecto considera una serie de cambios significativos en el proceso de adopción, avanzando en la coordinación entre las diversas áreas para hacer más expeditos los procedimientos.

Se modifican las causas de adoptabilidad ajustándose a los tiempos modernos; se modifica la prelación; se establece la obligatoriedad de un curador ad litem, un abogado que actúa siempre en representación del niño; se le da más rapidez al proceso y también se permite que las familias de acogidas, en casos excepcionales, también puedan ingresar a la lista de adoptantes.

Del mismo modo, se establecen sanciones y, por ejemplo, quienes no paguen las pensiones de alimentos no pueden estar en la lista de adoptantes.

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