Ordenan ingreso a penal de Colina 1 a exagente de la DINA condenado

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Ordenan ingreso a penal de Colina 1 a exagente de la DINA condenado

La ministra en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Plaza González, dio orden de ingreso al penal de Colina 1 al exagente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Osvaldo Pulgar Gallardo, condenado a 10 años de presidio por el secuestro calificado de María Angélica Andreoli Bravo, una de la 119 víctimas de la denominada Operación Colombo.

La magistrada explicó que “con esta fecha fue puesto a disposición del tribunal el condenado Osvaldo Pulgar Gallardo, sentenciado en la causa rol 2.82-1998 Operación Colombo: Episodio María Angélica Andreoli Bravo. Se está dando orden de ingreso para que cumpla la condena de presidio mayor en grado mínimo que le fue impuesta por su participación en el secuestro calificado de esta víctima”, dijo la ministra.

Agregó que “el sentenciado permanecía en calidad de rebelde, prófugo, y se había sustraído de la acción de la justicia una vez que le fue notificada la sentencia de primera instancia y mediante una actividad coordinada con la PDI se logró dar con su paradero al interior de la ciudad de Los Ángeles”.

En la etapa de investigación del a causa, el ministro en visita Hernán Crisosto Greisse estableció que: “en horas de la tarde del día 06 de agosto de 1974, María Angélica Andreoli Bravo, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenida en su domicilio ubicado en Bilbao N° 5989 de la comuna de las Condes, Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes la introdujeron en la parte posterior de una camioneta y la trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado “Yucatán” o “Londres 38″, ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA.

Que la ofendida Andreoli Bravo durante su estada en el cuartel Londres 38 permaneció sin contacto con el exterior, vendada y amarrada, siendo continuamente sometida a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dicho cuartel, respecto de sus actividades partidarias y sobre el nombre y domicilio de sus compañeros de grupo político a fin de proceder a la detención de sus miembros, siendo vista además sometida a interrogatorios bajo tortura en el cuartel de la misma DINA denominado Villa Grimaldi.

Que la última vez que la víctima Andreoli Bravo fue vista con vida, ocurrió un día no determinado del mes de agosto o septiembre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha.

Que el nombre de María Angélica Andreoli Bravo apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista Novo O’ Día de Curitiba, Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que María Angélica Andreoli Bravo había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.

Que las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Andreoli Bravo tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”.

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