Matronas alertan eventual vulneración de derechos de mujeres de zona poniente

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Matronas alertan eventual vulneración de derechos de mujeres de zona poniente

El Colegio de Matronas y Matrones alertó hoy sobre una eventual vulneración de derechos de las mujeres de la zona poniente de la capital, respecto al derecho de elegibilidad de los métodos anticonceptivos más adecuados según sus necesidades, tras conocerse un ordinario del Servicio de Salud Metropolitano Occidente (SSMOC) que restringe la entrega de implantes subcutáneos según criterios de tipo de paciente y la existencia de stock.

En efecto, el Ordinario Nº 320-1646 “Sobre prescripción de métodos anticonceptivos de implante y DIU de levonorgestrel”, fechado el 10 de diciembre y firmado por el director del SSMOC, Francisco Miranda, señala que los despachos a las comunas de la zona poniente serán sólo desde bodega del servicio bajo tres criterios: solicitud para capacitación para el uso de esos métodos, solicitud de stock inicial y solicitud de reposición; pero además prioriza, en el caso de los implantes, sólo utilizarlos para prevenir “primer y segundo embarazo en adolescentes, post aborto y usuarias en riesgo psicosocial o discapacidad física o cognitiva”.

“Se sabe que los métodos anticonceptivos orales son más económicos que los DIU y los implantes subcutáneos, y por tanto se infiere de este documento que el criterio que se está aplicando es cómo ahorrarse más recursos, y eso claramente vulnera el derecho que tienen las mujeres a elegir qué método anticonceptivo es más adecuado según su realidad. Nunca un criterio economicista puede estar por sobre el derecho de las mujeres a la planificación familiar, aquí se vulnera el derecho a libre elegibilidad de las usuarias acerca de qué método de control de natalidad se ajusta más a sus necesidades”, explicó la presidenta del Colegio, Anita Román.

Agregó que “claramente nadie quiere que haya un despilfarro, pero se toman decisiones de nivel central que afectan a miles de pacientes de a lo menos 15 comunas, porque ahora la matrona o matrón deberá justificar fundadamente, y bajo los criterios antes expuestos, para poder proporcionar un determinado anticonceptivo, siendo que los referentes técnicos somos nosotros, las y los profesionales de la matronería, para recomendar tal o cual método de acuerdo con la realidad de esa mujer”.

“Conversé con colegas de la zona poniente, con académicos y con expertas en atención primaria, y me reafirman que este oficio claramente vulnera el derecho de las pacientes a una libre elección, y no se puede, mediante instrucciones de esta naturaleza, poner cortapisas a este derecho. Hoy, en medio de una elección presidencial que ha estado marcada por temas valóricos y de avanzar en más derechos de las mujeres, esta decisión de la autoridad es un balde de agua fría a esas aspiraciones”, comentó Anita Román.

Del mismo modo, la presidenta del Colegio de Matronas y Matrones sostuvo que el mismo documento cae en una contradicción flagrante, ya que establece el derecho de las usuarias del sistema a elegir su método anticonceptivo. “El propio señor Miranda, en su ordinario, señala que ‘los métodos anticonceptivos deben ser elegidos libremente por el paciente sin coacción de ninguna clase’, coacción que el propio documento establece en sus párrafos precedentes”, recalcó.

“Hacemos un llamado urgente al ministro de Salud, Enrique Paris, a que se revierta de inmediato esta instrucción de su director del SSMOC, y que restablezca el derecho de las mujeres a elegir libremente, sin coacciones, como el propio documento señala en forma paradójica”, concluyó Anita Román.

Cabe señalar que el ordinario va a dirigido a las direcciones de salud comunales de Alhué, Quinta Normal, Pudahuel, Lo Prado, Cerro Navia, Renca, Talagante, Peñaflor, Isla de Maipo, El Monte, Padre Hurtado, Melipilla, San Pedro y María Pinto, y al Hospital de Curacaví.

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