COVID-19: Gobierno exhorta a empleadores a informarse de nuevo dictamen

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La Seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región Metropolitana, Denisse Madrid, hizo un llamado a los empleadores y trabajadores a informarse sobre los alcances del último dictamen de la Dirección del Trabajo (DT) respecto al Coronavirus (COVID-19).

“Es fundamental que los empleadores y trabajadores conozcan los derechos y deberes que tienen que cumplir ante el coronavirus, sobre todo si contraen la enfermedad o que la autoridad sanitaria determine que debe estar en cuarentena. En ambos casos, se les extenderá la respectiva licencia médica, que será pagada por la mutual, Fonasa o su Isapre, dependiendo del origen del contagio”, señaló Denisse Madrid.

El servicio emitió el dictamen para fijar las reglas y los criterios por la enfermedad, que ya suma 13 personas contagiadas en el país, de las cuales siete corresponden a la Región Metropolitana.

Es por ello que la DT expresa que “el empleador deberá tomar las medidas que sean necesarias para cumplir con los protocolos y directrices que la autoridad sanitaria establezca, y, en consecuencia, otorgar los permisos que razonablemente sean necesarios para que los trabajadores pueden concurrir a realizarse los exámenes preventivos que correspondan sin que ello importe un menoscabo o un perjuicio para estos”.

En el caso de que el trabajador tenga la enfermedad, el servicio establece que se podrán pactar entre las partes que pueda realizar su labor desde la casa, en el caso que lo pueda hacer debido a la naturaleza del empleo.

“Con el mismo objeto de prevención y cuidado, nada obsta a que las partes de la relación laboral acuerden la prestación de servicios a distancia, en el domicilio del trabajador u otro medio alternativo, en tanto ello sea posible según las condiciones del lugar y la naturaleza del trabajo que realiza”, señala el escrito.

Asimismo, la DT expresa que conviene distinguir la naturaleza del contagio, ya que, si fue por un motivo laboral, serán los organismos administradores del Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales (mutuales) a la que les corresponderá otorgar las prestaciones médicas y económicas correspondientes (pago de la licencia).

En el caso que la enfermedad haya sido contraída en un viaje u otra situación, “las prestaciones deberán ser otorgadas por el organismo previsional de salud al que se encuentre afiliado el afectado”. Esto puede ser Fonasa o Isapre.

La DT expresa que los trabajadores que hayan sido diagnosticados con la enfermedad, “corresponderá que un facultativo extienda la respectiva licencia médica, documento que servirá para justificar la inasistencia al trabajo del afectado y a percibir, en caso de corresponderle, el subsidio que establece la normativa laboral vigente”. En esto último, el pago de la licencia médica.

El dictamen señala que “el empleador está obligado a velar con el cumplimiento del reposo médico”, correspondiendo a la Dirección del Trabajo la aplicación y la fiscalización para que se cumpla la normativa.

Sobre la cuarentena, agrega que “en aquellos casos en la autoridad sanitaria ha emitido una licencia médica como medida preventiva de aislamiento de una persona por sospecha de estar infectada por la enfermedad, aunque no haya presentado síntomas, al igual que el caso anterior, permitirá al trabajador justificar su inasistencia”.

Por último, “serán las autoridades en materia de seguridad social quienes resolverán sobre la cobertura de los respectivos subsidios o pagos de seguridad social” y que, en cualquier circunstancia, los casos en que puede encontrarse el trabajador “constituyen una causal justificada para ausentarse del trabajo”.

Para mayor información, el dictamen está publicado en web del servicio en www.direcciondeltrabajo.cl.

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