Buscan sancionar la fijación de sobreprecios a bienes de primera necesidad

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El senador Manuel José Ossandón (RN) presentó un proyecto de ley, con votación inmediata, que busca sancionar penalmente el establecimiento de sobreprecios a bienes de primera necesidad en situación de crisis o caos social, debido a lo ocurrido durante los últimos días por el Coronavirus en Chile.

La iniciativa del parlamentario permitirá “establecer que en situaciones de crisis o caos social, si es que algunas personas y/o empresas intentan obtener provecho de ello, lo que es altamente cuestionable desde el punto de vista moral y ético, serán sancionadas”.

En este sentido, ejemplifican con las “situaciones de catástrofe, crisis sociales y crisis sanitarias, donde aparecen inescrupulosos que intentan sacar provecho de las desgracias de las familias de chilenos y chilenas, cobrando precios que claramente superan a los de mercado, especialmente respecto de mercaderías de primera necesidad, tales como remedios y alimentos básicos”.

Para Ossandón este es “un comportamiento que debe ser evitado y sancionado en caso de verificarse y es la razón que justifica el actuar de la facultad sancionadora del Estado como último recurso para reaccionar frente a estas conductas reprochables”.

El senador RN propuso modificar el artículo N°285 del Código Penal, donde se sanciona a aquellos que por “medios fraudulentos consiguieren alterar el precio natural del trabajo, de los géneros o mercaderías, acciones, rentas públicas o privadas o de cualesquiera otras cosas que fueren objetos de contratación”. En ese sentido, se agregaría la circunstancia de casos de crisis o caos social generado por una catástrofe natural, económica, sanitaria o política, aumentando la pena del delito.

La propuesta busca incluir una modificación al articulado, incorporando que quienes resulten responsables “sufrirán las penas de reclusión menor en sus grados medio a máximo y multa de ocho a doce unidades tributarias mensuales”.

A ello se suma la modificación del artículo N°286, incorporando la expresión “o aprovechamiento” a fin de actualizarlo a la modificación del artículo anterior, lo que significa que en caso de que el sobreprecio recayere sobre objetos de primera necesidad, además de las penas señaladas, se impondrá la pena de decomiso de esos productos.

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