Bancada DC recurre al CPLT para que sancione al ministro Briones
Considerando los hechos como “graves e inaceptables”, la bancada de diputados DC ingresó este jueves una petición formal para que el Consejo para la Transparencia (CPLT) fiscalice, investigue y sancione al ministro de Hacienda, Ignacio Briones, por “infringir la ley de Protección de la Vida Privada”.
Según se precisó, por “pretenderse por parte de Briones utilizar datos privados ingresados al sistema de la Superintendencia de Pensiones para fines diversos de los recabados, con abierta infracción a la Constitución y la ley”.
Lo anterior, tras conocerse el oficio en el que el ministro de Hacienda pide a la Superintendencia de Pensiones información privada sobre los ciudadanos que han retirado el 10 por ciento de los fondos desde las AFP.
Al respecto, el subjefe de la bancada DC, Gabriel Silber, señaló que “si el ministro hubiese solicitado información de cada uno de los chilenos, en materia de cuentas bancarias, de giros y retiros, la verdad es que debiéramos tener un ministro renunciado y acciones incluso penales; hoy lo hace en relación a los fondos previsionales de los ciudadanos y a nadie en el Gobierno le causa sorpresa”.
“Esto viola leyes y normas de la Constitución. Por eso ingresamos esta presentación. Lo más grave es que a nuestro juicio, esta petición, pidiendo que se identifique a los ciudadanos, el señor ministro se pone al frente de la Constitución”, añadió.
En esa línea, Silber planteó que “cuando se señala que es para fines estadísticos, bastaría con información general y global, pero no se puede invadir el sagrado derecho a la privacidad de los chilenos el ministro de Hacienda se pone al frente de la Constitución con la petición que ha formulado”.
“Habría bastado con solicitar información genérica, global, pero no se puede afectar de esta forma la privacidad de las personas, protegidas por ley por la Constitución”, sostuvo el parlamentario DC.
El escrito ingresado señala que “nuestro país cuenta, desde el año 1999, con una normativa sobre Protección de la Vida Privada, contenida en la Ley N° 19.628. La discusión sobre el alcance y las características de esta norma ha suscitado mayor interés en el último tiempo en el ámbito nacional, siendo uno de los elementos que ha contribuido a esta discusión es su interrelación con la Ley de Transparencia (N°20.285)”.
Finalmente, el escrito asegura que “la petición del sr. Ministro es inconstitucional e ilegal, toda vez que no se ampara en norma alguna que lo autorice a recabar la información de los millones de chilenos que optaron por retirar su 10% de las AFP”
“Consecuente con ello, la Superintendencia de Pensiones, al amparo de las normas de derecho público que la regula, se encuentra impedida de entregar esa información, bajo riesgo de incurrir en grave infracción y responsabilidad legal. Lo único que podría entregar el requerido, es una estadística anónima de cifras y montos globales, con los grados de desagregación que se le requiera, pero sin nombre, monto y RUT de cada uno de los beneficiarios. La única excepción sería que cada beneficiario del retiro del 10%, y el nuevo probable usuario, autorice expresamente la entrega de la información por algún medio idóneo e irredargüible”, enfatiza.