Corte Suprema revocó fallo por uso de escopetas a balines de Carabineros

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Corte Suprema revocó fallo por uso de escopetas a balines de Carabineros

La Corte Suprema revocó una sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que prohibía a Carabineros el uso de las escopetas a balines durante manifestaciones en la ciudad porteña.

El tribunal de alzada había acogido 15 recursos de protección deducidos en contra de la policía uniformada por el uso de armamento antidisturbios, en particular escopetas de balines de goma, durante las manifestaciones registradas en la región a partir del 18 octubre de 2019, prohibiendo su uso a todo evento.

Según informa La Tercera, la Tercera Sala del máximo tribunal estimó que en su jurisdicción no está establecer la legalidad del actuar de Carabineros en sus labores de control.

En el fallo también se sostiene que “se han dictado (por parte del Ministerio del Interior) los protocolos que regulan el uso de la fuerza, conforme a los cuales los agentes policiales deben ajustar su acción, en los términos que para cada caso se detalla”.

“La determinación de la legalidad del actuar de Carabineros de Chile conteniendo las manifestaciones sociales, la pertinencia del uso de determinadas armas de fuego, el uso proporcional de la fuerza, el contenido del protocolo y la utilización de determinados implementos para contener las manifestaciones sociales, es una temática que no puede ser resuelta por esta vía”, añade la resolución.

Por su parte, el director de Justicia de Carabineros, el general (J) Jaime Elgueta, aseguró a La Tercera que el actuar policial “se ajustó a los procedimientos y protocolos establecidos para el mantenimiento del orden público quebrantado por los graves hechos de violencia que experimentó el país, y en particular, la Quinta Región”.

Junto con valorar el fallo de la Corte Suprema, Elgueta sentenció que el dictamen “desestima una afectación sistemática de los derechos humanos y, por el contrario, válida la legitimidad de la policía en el ejercicio del control del orden público”.

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